Defectos de la construcción y vicios constructivos

En ocasiones en un edificio, en un piso o en una casa aparecen defectos constructivos muy relevantes, menos relevantes, o simples defectos de acabados, que deben ser subsanados por los responsables del proceso constructivo que los han originado, ya sean los directores del proyecto o sus ejecutores.
  
El Despacho se ocupa de emprender las acciones pertinentes contra los responsables de los defectos y vicios, negociando un acuerdo y obteniendo una indemnización, cuando proceda, o bien obligando a los responsables a volver ejecutar la obra de forma satisfactoria, o, en determinados casos, rescindiendo el contrato y consiguiendo la devolución del dinero, más los daños y perjuicios que los hechos hayan comportado a los perjudicados.

 

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