Constitución o cancelación de derechos reales sobre bienes inmuebles

A menudo los derechos patrimoniales de las personas deben ser objeto de limitación en favor de un tercero, porque este es el acuerdo al que por ejemplo han llegado unas personas vecinas o con fincas colindantes, o porque la ley así lo impone. Otras veces el cliente está en situación de poder exigir que los derechos patrimoniales de otra persona se cedan a su favor. En síntesis, estas situaciones dan lugar a lo que se denomina constitución o cancelación de derechos reales, tales como servidumbres de paso, de agua, de luces y vistas, derecho de usufructo, derecho de uso, derecho de habitación, entre otros, sobre los que el Despacho interviene, pudiéndose constituir sobre fincas urbanas y rústicas.
  
El Despacho también se ocupa de la cancelación registral de hipotecas y la intervención en los Registros de la Propiedad en todo tipo de expedientes.

 

© MONTOLIU ADVOCATS
93 885 07 89 - 93 885 57 92 - 629 85 05 91 Rambla Hospital, nº 19, 08500 VIC
93 781 80 58 Avinguda Diagonal, nº 287 bis, 1º 4ª, 08013 BARCELONA
Aviso legal